LEY 1363 DE 2009 (diciembre 9) Diario Oficial No. 47.558 de 9 de diciembre de 2009 CONGRESO DE LA REPÚBLICA Por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”, hecho en Lima, Perú, el 21 de noviembre de 2008, y el “Canje de notas entre Canadá y la República de Colombia” del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores técnicos y materiales del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Visto el texto del “Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”, hecho en Lima, Perú, el 21 de noviembre de 2008, y el “Canje de notas entre Canadá y la República de Colombia del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores técnicos y materiales del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”.
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Bogotá, D. C., 31 de marzo de 2009. Autorizado. Sométase a la consideración del honorable Congreso de la República para los efectos constitucionales. (Fdo.) ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Relaciones Exteriores, (Fdo.) Jaime Bermúdez Merizalde.
DECRETA: ARTÍCULO 1o. Apruébese el “Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”, hecho en Lima, Perú, el 21 de noviembre de 2008, y el “Canje de notas entre Canadá y la República de Colombia del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores técnicos y materiales del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”.
ARTÍCULO 2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 7ª de 1944, el “Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”, hecho en Lima, Perú, el 21 de noviembre de 2008, y el “Canje de notas entre Canadá y la República de Colombia del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores técnicos y materiales del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”, que por el artículo 1o de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo. ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación El proceso de incorporación a la legislación interna colombiana se complementó el 24 de julio de 2010, cuando la Corte Constitucional mediante sentencia C-608/10
encontró acorde al ordenamiento constitucional del país a este Acuerdo, así como la Ley 1363 de 2009, aprobatoria del mismo. De igual manera el acuerdo fue aprobado en consenso por el parlamento canadiense el 21 de junio de 2010, y posteriormente firmado por la gobernadora general de este país. El acuerdo entró en vigor el 15 de agosto de 2011. El 21 de noviembre de 2008 se suscribió el Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Canadá, el cual consolida una iniciativa de mayor integración comercial alcanzada tras cinco rondas de negociación que se llevaron a cabo desde julio de 2007. En la misma ceremonia se dio lugar a la firma del Acuerdo de Cooperación Laboral y del Acuerdo de Cooperación Ambiental.
Cuál es la importancia del mercado canadiense para Colombia? Canadá es un mercado de interés debido a que puede dinamizar y fortalecer las diferentes actividades de la economía colombiana, al tiempo que ofrece oportunidades adicionales en materia laboral, tecnológica y de intercambio de conocimiento. Las ventas de Canadá al mundo comprenden bienes energéticos, bienes industriales, maquinaria y equipo y automotores. Estos productos en conjunto constituyen el 78,5% de las exportaciones. Colombia puede comprar estos productos, en especial insumos y bienes de capital con arancel cero a partir de la entrada en vigor del Acuerdo. Siendo Canadá uno de los principales importadores del mundo, la mayor integración con este país, le permitirá a Colombia tener preferencial a un mercado de 34 millones de consumidores con alto nivel de ingresos. En general el mercado de Canadá ofrece amplias oportunidades a los exportadores colombianos que contribuirán a aumentar el crecimiento potencial de la economía colombiana y a generar mayor desarrollo.
Visto el texto del "ACUERDO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LOS ESTADOSAELC", el "MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO RELATIVO AL ACUERDO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LOS ESTADOS DE LA AELC", y el "CANJE DE NOTAS RESPECTO DEL CAPÍTULO 4 DEL ACUERDO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LOS ESTADOS AELC", suscritos en Ginebra, a los 25 días del mes de noviembre de dos mil ocho; el "ACUERDO SOBRE AGRICULTURA ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA CONFEDERACIÓN SUIZA", hecho en Ginebra, a los 25 días del mes de noviembre de 200S; el "ACUERDO SOBRE AGRICULTURA ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA DE ISLANDIA", hecho en Ginebra, a los 25 días del mes de noviembre de 200S; y el "ACUERDO SOBRE AGRICULTURA ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL REINO DE NORUEGA", hecho en Ginebra, a los 25 días del mes de noviembre de 200S.
Principales resultados del Acuerdo de Libre Comercio En materia de a los mercados de bienes agrícolas, el ALC con los Estados EFTA comprende dos grupos de bienes: Productos Agrícolas Básicos ¿ PAB, y Productos Agrícolas Procesados - PAP. Esta división de los productos corresponde a la estructura arancelaria y tratamiento del ámbito agrícola que tienen los Estados EFTA con el mundo.
El Acuerdo con los Estados EFTA incluye un Acuerdo de libre comercio de aplicación multilateral con los cuatro países EFTA y tres Acuerdos complementarios bilaterales, negociados y firmados individualmente con Suiza, Noruega e Islandia.
Este Tratado tiene entre sus objetivos crear un espacio comercial libre de restricciones y buscar el crecimiento y el desarrollo económico continuo e integral de los países signatarios. Del mismo modo el Acuerdo pretende estimular la protección del medio ambiente y los derechos de los trabajadores, y la superación de la pobreza. En este contexto, el Acuerdo con los Estados EFTA amplía el espectro de la integración de lo netamente económico a temas como el desarrollo sostenible y el bienestar colectivo de los ciudadanos de ambas naciones. También reconoce las diferencias en los niveles de desarrollo y el tamaño de las economías de los Estados EFTA y Colombia y la importancia de crear oportunidades para el desarrollo económico. Así, el ALC no solamente contempla la liberalización del comercio de bienes, agrícolas e industriales, reglas de origen, procedimientos aduaneros y facilitación del comercio, sino que también incluye compromisos sobre el comercio de servicios, tránsito de personas, telecomunicaciones, comercio electrónico, normalización técnica, medidas de inversiones, política de competencia, propiedad intelectual y cooperación para el fortalecimiento el ámbito del Acuerdo puede describirse así: de mercancías
En materia del Fortalecimiento de Capacidades Comerciales, se logró vincular a EFTA y sus Estados con la responsabilidad de apoyar a las instituciones públicas y privadas colombianas con asistencia técnica para la implementación del acuerdo y el aprovechamiento del mismo, por medio de la creación de un mecanismo de cooperación permanente y continuo durante la vigencia del acuerdo.
En relación con el capítulo de Solución de Controversias, se negoció el ámbito de aplicación del mecanismo, las diferentes etapas del proceso, las reglas de funcionamiento de los es, la manera de elegir los istas, el contenido del informe final del , el procedimiento para suspender beneficios y mecanismos de revisión de cumplimiento.
Otros Temas:
En relación con las Reglas de Origen se establecieron criterios de calificación para garantizar que sólo las mercancías originarias de EFTA (bienes transformados y procesados en los países que suscriben este acuerdo) se beneficien del tratamiento arancelario preferencial. Normas de origen favorables a Colombia fueron pactadas en los sectores químico, textil confecciones, y calzado.
En materia de Procedimientos Aduaneros y Facilitación del Comercio se acordaron disposiciones relacionadas con la implementación de procedimientos aduaneros simplificados, sistemas de istración de riesgos, sistematización de las
aduanas y sus procedimientos y la expedición de resoluciones anticipadas. En Defensa Comercial se negociaron disciplinas, para la aplicación de medidas de salvaguardia bilateral y se mantienen los derechos y obligaciones de OMC para dumping y derechos compensatorios.
En materia de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias se trabajó en aras de la efectiva implementación del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC.
En Comercio Electrónico se buscó facilitar el comercio electrónico, a través de la cooperación en la promoción del comercio electrónico entre las Partes. En Servicios Financieros se buscó establecer una apertura moderada y gradual del sector a una economía competitiva del primer mundo como la de los países EFTA.
En el Capítulo de Inversión del ALC se acordaron los estándares internacionales para garantizar el establecimiento y al mercado de los Estados EFTA, para las inversiones en los sectores diferentes de Servicios. En lo concerniente a Propiedad Intelectual se mantuvo el objetivo de asegurar protección adecuada y efectiva a los derechos de propiedad intelectual, manteniendo un balance entre los derechos de los titulares y los intereses del público en general, particularmente en materia de educación, investigación, salud pública y a la información.
NVESTIGAR UN TRATADO O ACUERDO FIRMADO POR COLOMBIA ANALIZANDO LOS EFECTOS POSITIVOS Y NEGATIVOS PARA LOS DIFERENTES AGENTES ECONOMICOS NACIONALES