HISTORIA DEL LA MONEDA A NIVEL MUNDIAL
Antes del 2.500 antes de Cristo existía en las ciudades del valle del Tigris y del Eufrates, en las del Indo y en las del Nilo un tipo de moneda muy especial. Las gentes traían la parte sobrante de sus productos a los templos de las ciudades amuralladas. Allá los sacerdotes-contables abrían una cuenta corriente con fichas de barro a cada persona, ingresando sus productos en el almacén del templo y estableciendo una cantidad de dinero abstracto en función de las mercancías ingresadas. Posteriormente, si estas mismas personas querían otro tipo de productos del templo, se hacía la transacción inversa. Para cada intercambio, se establecía un documento, hecho de barro cocido, con el nombre del comprador, el del vendedor, la mercancía intercambiada y la cantidad de unidades monetarias utilizada. Es lo que llamamos «factura-cheque». Para intercambios importantes y entre ciudades diferentes, se establecía un sistema de transporte garantizado, basado en las «bullae». En el carro del transportista había una bola de barro cocido en el interior de la cual había unas fichas que representaban los diferentes productos transportados. También había grabadas las fichas en la superficie de la bola. Al llegar a destino, se abría la bola y se comprobaba que su contenido coincidía con el del carro. En aquella época se producía una pacificación creciente entre las diferentes ciudades, en parte debido a la inexpugnabilidad de las murallas, en parte debido a la prosperidad que suponía este sistema de intercambio citado. La moneda era un instrumento abstracto que sólo tenía valor en función de una mercancía realmente existente. Cada intercambio comercial dejaba su rastro jurídico correspondiente, bajo la forma de tablas de barro. Todo ello se vino abajo con la aparición de la moneda anónima de oro, plata, cobre y bronce. Este otro tipo de moneda, anónimo, concreto e independiente de las mercancías, permite con mucha más facilidad la corrupción y el soborno. Con la aparición de la moneda anónima, en el 2.500 a. C., vino el advenimiento de la banca privada, auténtico «poder en la sombra». Y los funcionarios de los templos cambiaron su vocación y se dedicaron a inventarse las religiones. A partir de este momento volvieron los imperialismos. Las inexpugnables murallas caían, no bajo los mazazos de unas entonces inexistentes catapultas y ballestas, sino bajo el soborno de los sitiadores a algunos de los guardianes. Posteriormente los traidores sobornados podían ser discretamente ejecutados y los ocupantes inventarían mitos como los del «Caballo de Troya» y las «Trompetas de Jericó». El dinero anónimo seguiría su evolución, hasta convertirse en los modernos billetes de banco y talones anónimos al portador. Las distintas instituciones políticas creadas para que los ciudadanos se hagan la ilusión de ser protegidos por ellas sufren el acoso de los «poderes fácticos» que sobornan y corrompen políticos, técnicos y jueces. Y ahora viene el momento de las propuestas económicas del Centro de Estudios Joan Bardina. Por nuestra parte, se trataría de volver a un sistema de intercambio no-anónimo y responsabilizador, como el de los antiguos templos, pero con el sistema tecnológico actual, utilizando de nuevo
la «factura-cheque». Para ello es necesario el establecimiento de una red telemática pública, de uso obligatorio para todos y gratuita. Y también una serie de garantías para evitar la concentración de poder que podría suponer el dominio de esta red. Entre estas garantías proponemos una auténtica separación del ejecutivo, el legislativo y la justicia. La justicia, independiente del ejecutivo y del legislativo, debería tener un tanto por ciento fijo de los presupuestos generales del Estado asignados por mandato constitucional, y no contar con órganos como el «Consejo General del Poder Judicial», que existe en el Estado español y que pretende controlar la justicia desde los partidos políticos dominantes a través del ejecutivo y del legislativo. Creemos que el control telemático de la población ya está siendo ejercido por la banca privada a través de sus redes. Nuestra propuesta, más que crear una red telemática nueva, tiende a poner orden a las ya existentes, haciendo que la información privada de cada persona esté a disposición de esta misma persona, y del juez solamente en caso de abrirse un proceso. La información estadística del conjunto del mercado debe quedar a disposición de todos sus . Un aspecto importante a tener en cuenta es que, con esta reforma, la comunidad ha de garantizar una renta mínima para todas las personas que no tienen un sistema de subsistencia, ya sea trabajo o pensión por cualquier motivo. Es lógico que, con este sistema, desaparezcan las indignas vías de subsistencia provenientes del mercado negro. Para equilibrar el presupuesto, formulamos una hipótesis que, de verificarse, podría proporcionar esta renta básica o salario social sin tener que recurrir a gravosos sistemas de impuestos. Esta hipótesis está basada en la riqueza comunitaria que puede crearse dentro del mercado, riqueza comunitaria basada en los excedentes de producción y del dinero que se puede inventar para adquirirlos. Este dinero se repartiría entre los más desfavorecidos. Se encuentra representada la historia de la moneda desde las primeras acuñaciones en electrón (S. VII a.C.), las series griega y romana con importantes ejemplares como las monedas acuñadas en Siracusa, Atenas, Engina, etc... y las primeras emisiones de la República romana: aes rude, sistema libral y semilibral. Destaca especialmente la colección de moneda hispánica, cuyos ejemplares proceden, en su mayoría de la antigua colección Gómez Moreno. La colección de moneda medieval ofrece una significativa muestra de las acuñaciones de oro de los reyes suevos y visigodos y una amplia representación de las emisiones islámicas en la Península, así como de los reyes cristianos durante la reconquista. Las series de moneda moderna y contemporánea abarcan desde los Reyes Católicos hasta las actuales emisiones del euro. Destacan por su belleza y significación histórica los excelentes y ducados de los Reyes Católicos, los reales de a ocho, moneda universalmente aceptada hasta el siglo XIX, las onzas de oro y las emisiones del Gobierno Provisional, que estableció la peseta como unidad del sistema monetario español.
Desde ejemplares representativos del billete en sus orígenes, como un billete chino del siglo XIV fabricado en morera, hasta los sofisticados billetes actuales, que incorporan las más modernas tecnologias en materia de seguridad, la colección del Museo cuenta con una amplia muestra de papel moneda, que permite conocer su evolución histótica: billetes españoles de los siglos XIX y XX; billetes emitidos por el Congreso Continental de los Estados Unidos en el siglo XVIII con el respaldo del peso o duro español, tal como se hace mención expresa en los mismos; billetes de banco privados de Norte y Sudamérica; billetes coloniales; billetes de emergencia alemanes del período de Entreguerras; billetes de la revolución Rusa, etc...
HISTORIA DE LA MONEDA EN HONDURAS Época Precolombina En América, antes de la llegada de los españoles y de acuerdo a la documentación dejada para los primeros cronistas europeos, se sabe que los antiguos pueblos Mayas y lencas en honduras y en general, todos los pueblos mesoamericanos utilizaban como medio de pago en sus transacciones comerciales el trueque (intercambio de un objeto por otro) de cuentas de piedra. Como el jade, la albita o la serpentina (de preferencia en tonalidad verde), tabaco, pieles, sal plumas de quetzal y guacamaya, conchas marinas y en época tardía hachitas de cobre, pero sobre todo granos de cacao. El cronista Español Gonzalo Fernández de Oviedo, decía que entre algunos pueblos indígenas de centro América, las almendras de cacao corrían como moneda y con ellas se podía comprar esclavos, vestidos, alimentos, en fin, todos los servicios ofrecidos en los mercados. El cronista da algún ejemplo: 4 almendras de cacao= 8 nísperos 10 almendras de cacao =1 conejo 100 almendras de cacao = 1 esclavos Claro que no tuvo resultado tan sencillo. Para cambiar un objeto por otro, primeros había que ponerse de acuerdo, por ejemplo: Si alguien quería cambiar una vasija por un cuchillo, tenía que buscar alguien que tuviera el cuchillo y ver si estaba dispuesto a recibir la vasija. A veces el trato se cerraba sin problemas: ¡Tome su vasija deme mi cuchillo! ¡Deme mi cuchillo! Pero otras veces, al dueño del cuchillo no le interesaba cambiarlo por una vasija, sino por un collar de conchas marinas. De manera que el dueño de la vasija, a quien le interesa el cuchillo, tenia que buscar a alguien que tuviera un collar de conchas marinas y quisiera cambiarlo por una vasija. Entonces, si conseguía cambiar la vasija, corría a casa del dueño de cuchillo y final mente hacia el trueque por el collar de conchas marinas. Como se observa, este intercambio era un enredo. Por eso la gente se puso de acuerdo, para darle valor a algunos objetos y poder cambiarlos por lo que cada uno necesita o desea. Así, a través del tiempo y diversas comunidades ciertos objetos y alimentos fueron utilizados como dinero para comprar y vender mercancía. También cuando alguien ayudaba o servía a otro, podía recibir a cambio una cantidad de esos objetos. Periodo colonial Una vez que los españoles iniciaron la colonización de estas tierras, trajeron consigo las primera monedas: castellanos, ducado, doblón, peso,reales,cuartillos y maravedís. Por cedula real en mayo de 1535, se autorizo instalar la casa de la moneda en el virreinato de la nueva España (México), iniciando el año siguiente la acuñación con denominación de ¼, ½, 1,2 y 3 reales de plata, posteriormente esta ultima se sustituyo por la de 4 reales (llamada tostón). Las monedas tenían grabadas alegorías de las casas reinantes, escudos de armas, coronas y nombres de reyes en latín. Los virreinatos de la nueva España (México) y Perú, acuñaron sus propias monedas y en la capitanía general de Guatemala (centor america) circularon ambas, y desde luego las que venía de España.
En sus transacciones con los indios los españoles utilizaban el cacao como moneda y tomaban el real de vellón y el maravedí como divisa para las equivalencias monetarias; 20 almendras equivalen a un real y 5 almendras a un maravedí. Estas equivalencias no eran uniformes. Por el año de 1579 la audiencia de Guatemala. Tomando en cuenta las riquezas de las minas de Tegucigalpa, dispuso la creación de una alcaldía mayor, nombrándose como alacle mayor a Juan de la cueva. De esta fecha en adelante, aunque no de un modo definitivo, la provincia de honduras se divide en dos, esto es: Comayagüela y Tegucigalpa. En 1646 los trabajadores mineros recobraban su actividad en Tegucigalpa, pero faltaba la moneda acuñada para el pago de operarios; por tal motivo los mineros laminaban desde hace tiempos la plata y la cortaban en pequeñas hojas, las cuales corrían como moneda y eran y eran aceptadas por los jornaleros de las minas en pago de su trabajo, los mismos que como medio de pago en las compras y ventas hechas al comercio. Al tener noticias de esto, la audiencia de Guatemala dispuso que la tesorería de Nicaragua en vez de mandar monedas acuñada de las rentas de la provincia a las cajas de Guatemala, la remitiese a Tegucigalpa, para que fuese entregada al oficial real que residía en las minas, y esta las cambiase por las hojas que corrían como moneda. Pero pronto fue consumida la moneda enviada de Nicaragua y se tuvo que pedir a Guatemala 30000 pesos, de los que solo se pudieron remitir 6000. Estas pequeñas láminas eran falsificadas. A causa de su estrecha vinculación comercial con el Perú estas provincias fueron invadidas con moneda que tenía menos plata que la ordenad por la ley, ya que durante muchos años se habían falsificado monedas macuquinas de plata de baja ley en la casa de moneda de potosí. En el año de 1663 se emitió una nueva orden que prohibían la circulación de los ―reales de o dos si no estaban resellados‖. La marca o resello era una ―corona‖. El 13 de abril de 1678 se emitió otra real cedula en la que se ordenaba que no solamente las monedas de 2 reales, si no las de 1 real, debían ser enviadas a México, para ser sustituidas por otras. Con dicha orden desapareció toda la moneda de tales demonios que aun se encontraban en circulación. En el año de 1682 se siguieron acuñando los escudos con ley superior y el siguiente año la moneda circular de columnas, con ley inferior. El rey autorizo el 9 de junio de 1728 mandar a cuñar en las casas de la moneda de las indias las nueva moneda de ½, 1, 2, 4 y 8 reales, de plata de 11 dineros y las de 1, 2, 4 y 8 escudos de oro de 22 quilates. Se descubrieron en la provisión del consejo del 18 de septiembre de 1728 las monedas de plata de la manera siguiente: ―… la plata nueva que el mandado a labrar en indias es la que se labrara en estos reinos con el cuño de mis reales armas de castillo y leones. Y en medio el escudo pequeño de las flores lis y una granada al pie, con la inscripción: ―PKILIPPVS. V. D. G. HISPANIARVW ET INDIARVN REX‖ y por el reverso de dos columnas, coronas con el PLUS ULTRA, bañándolas unas ondas de mar, y por inscripción ―VTRAQVE VNVM‖. Esta es la moneda que llego a conocerse como ―columnarias‖. Por una ordenanza de 9 junio de 1728 se permitía a las colonias que no dispusiesen del equipo necesario acuñar, a martillo las monedas llamadas ―MACUQUINAS‖, u oficialmente cortadas, pero que comúnmente se conoce como ―MACACOS‖. El 20 de septiembre de 1714 el presidente de la real audiencia Toribio cosió convoco a reunión con el fin de proponer al rey la creación de una casa de la moneda. Puesto que por falta de moneda se comerciaba con cacao. A esta solicitud el Rey Felipe V no contesto esta solicitud por lo que se le envió nuevamente en 1717 la cual fue evacuada hasta en 1722 despues de una reunión del presidente y funcionarios explicando que en Guatemala no se disponía de personal técnico para la fabricación de la moneda.
El 17 de enero 1731 estando en Sevilla el Rey Felipe V, ―vista de miserable y lastimoso estado de todas provincias de Guatemala, por su pobreza y falta de comercio a causa de no haber en ellas monedas alguna, a pesar de haber en dicho territorios abundancias de minas, aunque por falta de medios no producían lo suficiente. Resolvió ―considera licencia para que en la ciudad de Guatemala se erija casa y fabrica moneda, pase de México a Guatemala un ensayador perito e inteligente en este arte y ligas de monedas y además instrumentos y herramientas precisas para mencionada fabrica. También en esta real cedula se daba providencia para que se estableciera una caja real en el CORPUS. Los sellos y demás instrumentos. Enviados de México, llegaron a Guatemala el 17 de febrero de 1733, y el 19 de marzo del mismo año se acuño le primera moneda que fue de cinco doblones de a diez y seis escudos cada una. Estas monedas tenían en el anverso el busto del rey Felipe V, por orla ―PHILIPVS V. DEI GRATIA. HISPANIARVM ET INDIARVM REX‖, en el reverso, las armas de los reyes de España y por la orla ―INITIVM SAPIENTI E EST TIMOR DOMINI‖. Don francisco de Parga se hizo cargo de la gobernación de honduras en el año de 1738, dando principios en su periodo a la construcción de la caja real de Comayagua, la cual fue terminada en 1741. El 4 de mayo de 1745 se acuño en la casa real de la moneda de Guatemala, la primera moneda orbicular. Esta nueva moneda obedeció a que en real cedula de 14 de mayo de 1751 se mandaba que fuese labrada en dicha casa moneda circular semejante a la que se venía acuñando en México desde 1732. Por real cedula emitida en Aranjuez el 4 de mayo de 1754, el rey prohibió, que en todos sus demonios en america circulara la moneda que no fuese acuñada en ella y a los que tenían monedas acuñadas en otros reinos se les daba el plazo de un mes para que se presentaran a cambiarla por moneda corriente. El 18 de marzo de 1771, se emitió una ordenanza real en la que se disponía que en la nueva moneda que se acuñase se sustituyeran las columnas de Hércules y los hemisferios con el Busto de Carlos III. La casa de la moneda de Guatemala no modifico el diseño. Carlos IV emitió el 24 de diciembre de 1788 una real cedula, en la cual se sirve prevenir que con motivo del fallecimiento de su Augusto padre el señor don Carlos III, ―ha resultado que en sus reales casas de monedas, se acuñe toda con su real retrato y sin otra alteración‖. A la abdicación de rey Carlos IV el 19 de marzo de 1808 asumió el poder don Fernando VII, quien fue obligado a renunciar a favor de Napolón Bonaparte. En 1808 la ciudad de Trujillo mando acuñar monedas conmemorativas de dos reales con motivo de la coronación de Fernando de VII. Estas monedas tenían en el anverso el busto laureado del rey con la leyenda: A FERNANDO. VII REY. DE ESP. E. IND. 1808__reverso: en el campo el escudo de la ciudad de Trujillo (castillo embanderado a la orilla del mar), sobre el cual se halla una corona ducal; al lado el valor 2 reales. Leyenda: PROCLA. EN. LA. C. DE. TRUJILLO. RÑO. DE GUAT. El batallón de Olancho mando a cuñar una medalla votiva del tamaño de una moneda de 8 reales que tenía en el anverso del busto del rey, con la leyenda *A* FERNANDO* VII* EL * AMADO * dentro de una orla adornada de hojas. En el reverso: en el campo una palmera, al lado de la cual se halla la inscripción: EL/ BATA/ LLON/ DE/ OLAN/ CHO, AL PIE LA FECHA *1808* con la leyenda: SIEMPRE* FLORECIENTE* COMO* LA* PALMA*, dentro de una orla adornada de de hojas. Las festividades de la proclamación se efectuaron el 12 de diciembre de 1808. Las monedas acuñadas en Guatemala en los años de 1808, 1809 y 1810 fueron grabadas en el busto de Carlos IV, atendiendo a la real cedula del 10 de abril de 1808. Por la que se ordenaba
que, ―por él, pronto, se usase el busto del rey Carlos IV y que solo se alterase la leyenda poniendo el nombre de FERDIN (andus) VII ya que la confección de los nuevos trueques demoraron algún tiempo‖. Las casas de moneda de México, latín. Lima y Santiago de chile inventaron un buto imaginario que usaron desde 1808 a 1811. En el quinquenio de 1814 a 1817 se acuñaron en la casa de la moneda de Guatemala 1, 702,045 pesos y de 1817 a 1821 se introdujeron a dicha casa platas con la ley de 11 dineros, por valor de 149,549 pesos 2 reales. La provincia de Tegucigalpa fue gobernada durante buena parte del régimen colonial por un alcalde mayor y durante ese tiempo fue una de las más importantes por su extensión territorial y por sus ricas minas de oro y plata. ―Caxa real‖ o ―real tesorería‖ en Comayagua En 1939, al hacerse cargo de la gobernación en honduras, don francisco de parga, dio principio al construcción de la caxa real o real tesorería en Comayagua, encomendándose dicha construcción de arquitecto Bartolomé de Madariaga, la cual fue terminada en 1741, siendo utilizada para el ensayo y fundición de la plata; no obstante, la acuñación de monedas se efectuó en fechas posteriores. En 1774 y 1809, hubo dos terremotos, dañando severamente la caxa real, quedando la edificación destruida casi en su totalidad, posteriormente fue restaurada, sirviendo casa de gobierno despues del año del año 1821, dejando de funcionar como tal, debido a que esta encendió en su totalidad; para 1840, únicamente se conservo sus paredes y sus pisos de cerámica. De la construcción que inicialmente ocupaba dicha casa acuñadora, actualmente solo existe una parte de sus paredes exteriores originales, con batientes de ventanas y dos portales, de las cuales aun se conserva la inscripción sobre su dintel, en el portal principal. La moneda al momento de la independencia Para el año de 1821, merced al sistema establecido por España, los pueblos de la gobernación de honduras se encontraban en una situación lamentable, no tenían comercio, la agricultura era pobre y el numerario limitado, ya que la casa de rescates de Tegucigalpa tenía que enviar a la real casa de moneda de Guatemala toda la plata rescatada que producían los minerales de la villa, para que fueran acuñadas en dicha casa y esperar algún tiempo para que se efectuara la remisión de la moneda. El 15 de septiembre de 1821 se proclamo en la ciudad de Guatemala nuestra emancipación política del gobierno español, llegando el acta de dicha independencia a la ciudad de Comayagua el día 28 del mismo mes. En junta de ese día, el gobierno de la provincia de Comayagua, proclamo su libertad, pero con la condición de quedar independiente de Guatemala y sometida al gobierno de México o a Fernando VII. El mismo día que a Comayagua llegaron los pliegues de independencia a Tegucigalpa y el ayuntamiento y pueblo en general se adhirieron con júbilo a lo actuado en Guatemala. Esto dio motivo a que surgieran dificultades entre las dos provincias y ambas se prepararon para la guerra, pidiendo Tegucigalpa auxilio a Guatemala. Con la resolución de Tegucigalpa estaban los partidos de los llanos de santa rosa, gracias, omoa, Trujillo, Olancho y santa barbará. El 22 de noviembre de 1821 la junta consultiva de Guatemala acordó: ―que el gobierno político y de hacienda de Tegucigalpa y demás pueblos de la provincia de Comayagua que ***** del gobierno de su capital, resida en Tegucigalpa; que habrá una tesorería general de hacienda publica subsistema de la de Guatemala y que ejercerá el empleo de ministro contador el teniente de ministro de la casa de rescata; don José María rojas y de tesorero el ensayador don narciso
rosal‖. El 11 de diciembre de 1821 la junta consultiva de Guatemala otorgo el titulo de la ciudad a la villa de Tegucigalpa y el de Muy Noble y Patriótico a su Ayuntamiento. Una de las grandes preocupaciones de Noble y Patriótico Ayuntamiento de Tegucigalpa fue la instalación de una casa de moneda, para economizar gastos y facilitar auxilios a los mineros, y así lo hace saber el señor José del valle para que la solicite en las cortes mexicanas. En la sesión celebrada el día 19 de abril de 1822 por la junta provisional consultiva, en la ciudad de Guatemala, el diputado por Tegucigalpa, licenciado José Santiago milla, presento por escrito una misión para que se sirviese mandar formar expediente para un cuño de moneda en la ciudad de Tegucigalpa, o la traslación de Guatemala. Los representantes de la Provincia de Honduras, Joaquín y Juan Lindo y don Cayetano Bosque, dirigen al Secretario de Estado, para que este lo haga del conocimiento del Emperador Iturbide, un memorial fechado en la ciudad de México, el 31 de Mayo de 1822, en el cual manifiestan: ¨ que uno de los principales motivos de que el ramo de minas y agricultura no florezcan en Honduras es la falta de numerario, por extraer continuamente, el de plata y oro(único que se conocía en aquella provincia) los ingleses al establecimiento de Belice y que la única forma de precaver este daño es que e haga extensiva en las Provincias de Comayagua, León, San Salvador, Guatemala y Ciudad de Chiapas la moneda de cuartillos y tlacos de cobre que circulando en las negociaciones y compras por menor y pago de operarios y que por su calidad no la podrían extraer los extranjeros por lo que piden, que se fabriquen en el Cuño de la Ciudad de Guatemala 200,000 pesos en la indicada moneda, para que de ella se remitan a las Caja de cada Provincia 40,000 pesos. Que la Hacienda de la Provincia de Honduras suministraría los quintales de cobre necesarios. Los mismos diputados Lindo y Bosque, en otra exposición presentada en México el 31 de mayo de 1822 para conocimiento del Emperador, dicen: ¨ la ciudad de Tegucigalpa que merece este nombre sin la nulidad con que se lo dio la imaginaria autoridad de Guatemala, es el punto céntrico de las minas de la Provincia de Comayagua y por esta razón se fijo en ella la Casa de Rescates de plata y oro para que sin dispendio ni perjuicio cambiaren en ella su oro y plata los mineros por el precio de su ley, remitiéndose los caudales de la Casa de Monedas de Guatemala. La remisión de estos caudales se verificaba a voluntad del Superintendente de la Casa de Moneda (y alguna vez por orden del superintendente de Hacienda se anticipaba o detenía según convenía a los resortes del comercio de aquella ciudad) cada año en cantidad de 100,000 a 150,000 pesos. Los comerciantes de platas de Tegucigalpa en el tiempo que no hay numerario en la Casa de rescate la pagan a 6 ps. 3 rs. Y hasta 5 ps. Y la reúnen para introducirla en la misma Casa de Rescates que se los paga a 7 ps. 5 rs. A 7 ps. 4 rs. según su ley, al momento que llega la conducta/ la conducción de las platas en barras a la Casa de Moneda de aquella a la de Rescates de Tegucigalpa se verifica de cuenta de los mineros; deduciendo el tanto por ciento que se regula, que siempre excede a más del costo que realmente causan las dos remisiones. El primer paso de protección al ramo de minas es el de fijar en la ciudad de Tegucigalpa, como centro de las minas, el cuño o Casa de Moneda gobernada por una ordenanza sencilla a cargo de un superintendente que lo puede ser el jefe Político subalterno de aquel Partido y los demás subalternos que exige aquel establecimiento debiendo ser uno de ellos el actual de la Casa de Rescates. La anterior solicitud fue cursada el 14 de junio al superintendente de la Casa de Moneda de México para que emitiera su informe y quien, con fecha 22 del mismo mes, entre otras cosas dice: ¨ como la distancia que media entre aquellas Provincias y esta Capital es tan dilatada y por otra parte las pocas relaciones y comercio entre unas y otras carece absolutamente esta
superintendencia de los conocimientos e instrucción del terreno y demás cualidades y circunstancias tan necesarias para poder informar a V.E. para la deliberación de S.M.Y. que se oiga a los Intendentes de aquellas provincias, sino e considera bastante el informe que hacen en la presente instancia los Diputados a quienes supongo con la instrucción tan necesaria de aquella localidad cuando corresponde a la confianza que han merecido a dichas provincias para la promoción de sus derechos, pero si entiendo de su misma exposición que con solo una sola Casa de Moneda en aquel territorio, hay suficiente para la acuñación de cuantas platas produzcan sus Reales minas, y que en tal evento sería lo más conveniente y más económico trasladar la fábrica de moneda que hasta aquí ha estado en Guatemala con sus cuños y demás maquinas a la expresada ciudad de Tegucigalpa, pues aunque los costos de su traslación sean grandes mucho mayores deber ser los que deberían impenderse en construir de nuevo estos instrumentos, concluyendo con lo que V.E. se sirve prevenirme en su precedente Superior Decreto de 14 del presente mes. Méjico junio 22 de 1822 Lardizábal¨. El 18 de junio de 1822 fue enviado a todas las Provincias del imperio Mexicano el siguiente decreto:¨Agustín, por la Divina Providencia y por el Congreso de la Nación, primer Emperador Constitucional de México, a todos los que las presentes vieren y entendieren , SABED: que el soberano Congreso Constituyente Mexicano ha decretado lo siguiente: El Soberano Congreso constituyente para fijar de una manera exacta e inequívoca el tipo de la nueva moneda que debe batirse en todo el Imperio, ha tenido a bien decretar y decreta lo siguiente. 1 se abrirán inmediatamente en la casa de Moneda de esta capital el número necesario de troqueles y matrices para proveer a su fábrica, y por esta vez a las demás que hoy existen en el Imperio, sin más distinción que la inicial de cada provincia. 2 En las Monedas de plata se pondrá en el anverso el busto del emperador al natural: en el exergo este lema: AUGUSTINUS DEI PROVIDENTIA, y al calce la fecha del año actual: en el reverso las armas nacionales: esto es, el Águila coronada sobre el nopal en actitud de volar; y en la circunferencia la leyenda: MEXICI PRIMUS IMPERATOR CONSTITUTIONALIS, sin diferencia en lo demás a la que se labraba en el día, fijándose el numero de reales de su valor, y las iniciales del nombre de los ensayadores que responden de la exactitud de su ley. 3 En las Monedas de oro se pondrá el mismo busto, blasón e inscripciones, usando en el canto del diverso cordón con que siempre se han distinguido, y continuando la costumbre de expresar el número de escudo de su valor: al pie y lados de las armas nacionales se pondrán trofeos de guerra con las flechas, macana y carcaz. 4 Las Monedas de cobre tendrán en el anverso una asta, y sobre ella el gorro, símbolo de la libertad: a su lado izquierdo la inicial de la ciudad de la fábrica, al derecho la fracción numérica que exprese su exacto y verdadero valor: en el contorno la inscripción: AUGUSTINUS DEI PROVIDENTIA MEXICI PRIMUS IMPERATOR CONSTITUTIONALIS, poniendo solamente las iniciales de las seis últimas dicciones, y al calce la fecha del año: en el reverso el blasón del Imperio dentro de una orla de magueyes, u otro adorno equivalente. 5 Para consultar la belleza y propiedad de las inscripciones en la supresión de letras necesaria a la dimensión de las monedas, se pasaran al Gobierno los diseños de cada una, presentados por la comisión especial de este ramo, y aprobados por el congreso. 6 No se hará variación alguna en el tamaño, valor, peso, y ley de las monedas de oro y de plata, para lo cual el superintendente de la Casa de estás corte remitirá a los directores de las demás las ordenes que gobiernan en las materias, posteriores a la impresión de sus Ordenanzas. México 11 de junio de 1822, segundo de la Independencia de este Imperio. = Mariano Mendiola Velarde, Presidente. = Juan de Dios Rodríguez, Diputado Secretario. = Bonifacio Fernández, Diputado Secretario. Por tanto mandamos a todos los tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar el presente Decreto en todas sus partes. Tendreislo entendido para su
cumplimiento y dispondréis se imprima, publique y circule. En México a 18 de junio de 1822. = Rubricado de la Imperial mano.= A.D. Rafael Pérez Maldonado¨. En el año de 1822 la introducción de plata en la Casa de Rescates de Tegucigalpa iba en decadencia por varios motivos, siendo los principales la exportación de la plata en pasta a Belice y la continua falsificación de moneda. El 2 de Julio de 1822 fue nombrado por el Emperador Iturbide, como intendente de la provincia de Honduras el señor don Juan Nepomuceno Fernández Lindo. El señor Lindo quien a la vez que era intendente de la Provincia, se dedicaba a la minería, pues también se sabe que el posteriormente acuñaba moneda en el pueblo de Minas de Oro. No consta en ningún documento oficial que Lindo haya traído troqueles para amonedar desde México, pues en nota que enviara el 4 de febrero de 1823 al Ministerio de Relaciones del Imperio, lo siguiente: ¨… los bustos en miniatura que traje de la Corte de tamaño proporcional para relicario en que los he puesto, los he repartido a los pueblos más populosos pendiente a una cinta tri color…¨ Según nuestra investigación se acuñaron en Comayagua monedas de plata de uno y dos reales, llevando en el anverso las monedas de 2 reales, al centro, la cabeza de Iturbide, por orla. ENPER—AGUSTIN. 1823 y al reverso: El Águila Mexicana coronada sobre cactos- M.P.2 R y otra moneda que llevaba en el anverso: el Águila Mexicana coronada, sobre cactos – M.P.2 R y en el reverso: dentro de la cruz, leones y castillos con cuatro festones en semicírculo M.P. 2 R. La acuñación en Tegucigalpa fue autorizada por el Gobierno de Guatemala, a quien autorizo la Junta Consultiva, ordenándose la formación de una Junta para su vigilancia. Los troqueles utilizados en Tegucigalpa para monedas de uno y dos reales tenían los mismos tipos de moneda española, es decir, en el anverso: Entre los brazos de la cruz, castillos y leones con 4 juegos de doble semicírculo, a los lados M.P., en la parte superior PLVS VLTRA. En el reverso las columnas de Hércules, encima de dos líneas onduladas; las columnas están divididas por dos líneas horizontales, P 2M. LV- SVLTR- T 823 G, excepto uno que tenía el escudo del Imperio Mexicano en el reverso. Casi todos llevan la leyenda TEGVSIGALPA, las letras M.P. que corresponden a moneda provisional 2 R, la fecha 823 y LA que suponemos corresponden a las iniciales del nombre del ensayador. Se fabricaron aproximadamente 7 troqueles, los cuales fueron grabados por el C. Juan Pablo Andrade, como se desprende del siguiente auto judicial: ¨Tegucigalpa Noviembre veinte y uno de mil ochocientos veinte y tres. Vistos los anteriores oficios: Regístrense por el herrero C. Juan Pablo Andrade, que graba (sic) en este cuño los troqueles de amonedar, las monedas y troqueles remitidos por el Alcalde de Sta. Lucia, para que exponga bajo juramento cuales son las gravadas con estos, y si los demás documentos decomisados son para amonedar: póngase razón de los documentos remitidos…¨ A mediados del mes de marzo de 1823 se dio principio a la acuñación de moneda provisional en una casa de propiedad del Señor Mariano Castejón. El cuño estaba bajo la vigilancia de una junta llamada del cuño, formada por los ciudadanos Francisco Lozano, Esteban Guardiola, Felipe Santiago Reyes, Juan Estrada, Jorge Lagos, Luis Brito, Vicente Caminos, Manuel Ugarte y León Díaz y como encargado de la fabrica el C. Dionisio Gutiérrez. La fabricación de estas monedas era simple y rudimentaria, pues no se contaba con maquinaria, es decir, volantes he hileras y se trabajaba, más o menos en la forma siguiente: la plata era fundida y vaciada en pequeñas cajas en tal forma que permitía producir pequeños discos adecuados para acuñar las piezas de 1 y 2 reales. A dichos discos se aplicaba a martillo los cuños o troqueles varias veces, usándose un punzón fijo en un yunque y el otro extremo libre en la mano. Posteriormente se limaba la moneda y se le daba la redondez necesaria hasta darle el peso exacto. También en esa época se acuñaban moneda provisional en la ciudad de cedros y otros lugares.