1TASACIÓN Y PERITAJE
Yair Jorge Carbajal Flores. Febrero 2017. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco Cusco Análisis Económico de Ingeniería
Tabla de Contenidos Introducción e información general................................................................................1 Tasación...........................................................................................................................1 Casos en los que se realizará la tasación de los bienes muebles de propiedad estatal.....1 Mejoras............................................................................................................................1 Métodos de tasación........................................................................................................1 Tasación de vehículos, maquinaría y equipos.................................................................2 a) Depreciación........................................................................................................2 b) Valor similar nuevo..............................................................................................2 c) Valor residual.......................................................................................................2 d) Edad del bien.......................................................................................................3 e) Expectativa de vida..............................................................................................3 f) Vida útil................................................................................................................3 g) Grado de operatividad..........................................................................................3 Peritaje Definición Perito La prueba inicial. Aspectos más resaltantes de la prueba inicial. a) La procedencia b) La proposición c) El nombramiento d) El diligenciamiento e) El dictamen pericial f) La ampliación del dictamen. g) La apreciación y valoración.
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INTRODUCCIÓN E INFORMACIÓN GENERAL TASACIÓN La palabra tasación designa a aquella determinación del precio o del valor que ostenta algo, ya sea un objeto, un bien inmueble, o cualquier otro bien material plausible de ostentar un valor. ... via Definicion ABC http://www.definicionabc.com/economia/tasacion.php Se entiende por tasación o valuación al procedimiento mediante el cual el perito valuador estudia el bien, analiza y dictaminan sus cualidades y características en determinada fecha para establecer la estimación del valor razonable y justo del bien de acuerdo a las normas del RNT. CASOS EN QUE SE REALIZARÁ LA TASACIÓN DE LOS BIENES MUEBLES DE PROPIEDAD ESTATAL Para los actos de disposición: subasta pública, subasta restringida, permuta. Para la aceptación de las donaciones de bienes muebles. Para el caso del alta de semovientes por la causal de reproducción. Para la regularización de los bienes muebles sobrantes. Para asegurar los bienes patrimoniales MEJORAS Los costos por mejoras en bienes del activo fijo se deben agregar al valor del mismo, si reúne una o más de las siguientes características: a) Cuando contribuyan a aumentar su capacidad de servicio. b) Cuando prolonguen su vida útil. Ejemplo: a) Repotenciación de U. b) Cambio de motor a un vehículo. c) Reparación de mobiliarios y equipos METODOS DE TASACIÓN Para el caso de la tasación de bienes muebles, el Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú regula los siguientes procedimientos de tasación: 2.1. Tasación de vehículos, maquinarias y equipos.
2.2. Tasación de Muebles, Enseres y Equipos de Oficina. 2.3. Tasación de Chatarra. TASACIÓN DE VEHÍCULOS, MAQUINARIAS Y EQUIPOS La tasación de vehículos, maquinarias y equipos sigue el siguiente procedimiento: VT = (VSN-D) x Go Y la Depreciación se calcula por: D = (VSN-R) x E/T VT = Valor de Tasación D = Depreciación VSN = Valor Similar Nuevo R = Valor Residual (no mayor del 10% del VSN) E = Edad P = Expectativa de vida útil T = Vida probable total o vida útil = E + P DEFINICIONES a) DEPRECIACIÓN (D) Es la pérdida del valor que tienen los equipos por el uso. Esta pérdida aumenta a medida que el bien se acerca al final de su vida útil. La depreciación está asociada con la EDAD. Para nuestro medio, observamos que la edad tiene una importancia relativa; siendo más importante la expectativa de vida que puede tener el bien en función de su régimen de uso. D = (VSN-R) x E/T Donde: T = E + PA A mayor expectativa de vida por el régimen de uso, el bien se deprecia menos. b) VALOR SIMILAR NUEVO (VSN) Este valor se obtiene a partir de la documentación proporcionada por la empresa, como son las facturas de adquisición, considerando los derechos de importación y despachos de aduana, así como los gastos de transporte, instalación y montaje. La información deberá ser actual, confiable, suficiente, técnica, comercial, económica y legal. c) VALOR RESIDUAL (R) Es el Valor de Rescate al término de la vida útil del bien, y está en función a los materiales que lo conforman.
d) EDAD DEL BIEN (E) De los documentos revisados y verificación física, se puede determinar la edad de los bienes; en otros casos es estimado de acuerdo a sus características y estado de conservación. e) EXPECTATIVA DE VIDA (P) Son las posibilidades futuras del vehículo, equipo o maquinaria a partir de su edad, hasta el final de su vida útil. Para la expectativa de vida P se evalúa las condiciones de servicio en el pasado (durante su edad) y las futuras condiciones de servicio (moderadas). f) VIDA ÚTIL (T) La vida útil está de acuerdo con el tiempo establecido por los fabricantes, y/o la experiencia existente en el sector, dependiendo exclusivamente del mantenimiento y del uso. T = E + P. g) GRADO DE OPERATIVIDAD (Go) Es un coeficiente aplicado al valor actual o al Valor de tasación (VT) a partir de los 2/3 de su uso productivo (T) del vehículo, maquinaria o equipo, evaluando los factores de: -Facilidad de Repuestos. -Facilidad de rios. -Capacidad de Ampliación/Modernización. -Grado de Confiabilidad. A juicio del Perito, antes de los 2/3 de T puede aplicar el Go cuando el bien no cumple con los factores antes señalados. GRADO DE OPERATIVIDAD (Go)
La aplicación del Go es una atribución del Perito para reajustar VT el Valor de Tasación (VT) y en su Informe deberá indicar los criterios y conceptos considerados que fundamentan el uso de este coeficiente. Cuando el bien cumple con todos los factores: Go = 1; caso contrario Go = 1 – ∑ factores Cuando VT < Valor Residual (R), entonces VT = R. PERITAJE
Es el examen y estudio que realiza el perito sobre el problema encomendado para luego entregar su informe o dictamen pericial con sujeción a lo dispuesto por la ley. DEFINICÓN DE PERITO Según la Real Academia de la Lengua, "es la persona que, poseyendo determinados conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos, informa, bajo juramento, al juez sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su especial saber o experiencia." LA PRUEBA PERICIAL Es la que surge del dictamen de los peritos, que son personas llamadas a informar ante el juez o tribunal, por razón de sus conocimientos especiales y siempre que sea necesario tal dictamen científico, técnico o práctico sobre hechos litigiosos. ASPECTOS MÁS RESALTANTES DE LA PRUEBA INICIAL a) LA PROCEDENCIA Procede cuando para conocer o apreciar algún hecho de influencia en el pleito, sean necesarios o convenientes conocimientos científicos, artísticos o prácticos. b) LA PROPOSICIÓN La parte a quien interesa este medio de pruebas propondrá con claridad y precisión el objeto sobre el cual deba recaer el reconocimiento pericial, y si ha de ser realizado por uno o tres de los peritos. El Juez ya que se trata de asesorarle, resuelve sobre la necesidad, o no, de esta prueba. c) EL NOMBRAMIENTO Los peritos tienen que ser nombrados por el Juez o Tribunal, con conocimiento de las partes, a fin de que puedan ser recusados o tachados por causas anteriores o posteriores al nombramiento. Son causas de tacha a los peritos el parentesco próximo, haber informado anteriormente en contra del recusante el vínculo profesional o de intereses con la otra parte, el interés en el juicio, la enemistad o la amistad manifiesta. d) EL DILIGENCIAMIENTO Las partes y sus defensores pueden concurrir al acto de reconocimiento pericial y dirigir a los peritos las observaciones que estimen oportunas. Deben los peritos, cuando sean tres, practicar conjuntamente la diligencia y luego conferenciar a solas entre sí. Concretan su dictamen según la importancia del caso, en forma de declaración; y en el segundo, por informe, que necesita ratificación jurada ante el Juez. El informe verbal es más frecuente y quedará constancia del mismo en el acta. e) EL DICTAMEN PERIACIAL
Los peritos realizarán el estudio acucioso, riguroso del problema encomendado para producir una explicación consistente. Esa actividad cognoscitiva será condensada en un documento que refleje las secuencias fundamentales del estudio efectuado, los métodos y medios importantes empleados, una exposición razonada y coherente, las conclusiones, fecha y firma. A ese documento se le conoce generalmente con el nombre de Dictamen Pericial o Informe Pericial. Si los peritos no concuerdan deberá nombrarse un tercero para dirimir la discordia, quién puede disentir de sus colegas. Todo dictamen pericial debe contener: 1. La descripción de la persona, objeto o cosa materia de examen o estudio, así como, el estado y forma en que se encontraba. 2. La relación detallada de todas las operaciones practicadas en la pericia y su resultado. 3. Los medios científicos o técnicos de que se han valido para emitir su dictamen. 4. Las conclusiones a las que llegan los peritos. f) LA AMPLIACIÓN DEL DICTAMEN No es usual que se repita el examen o estudio de lo ya peritado, sin embargo se puede pedir que los Colegios Profesiones, academias, institutos o centros oficiales se pronuncien al respecto e informen por escrito para agregarse al expediente y después oportunamente sea valorado. g) LA APRECIACIÓN Y VALORACIÓN La prueba pericial tiene que ser apreciado y valorado con un criterio de conciencia, según las reglas de la sana crítica. Los Jueces y tribunales no están obligados a sujetarse al dictamen de los peritos. Es por esto que se dice "El juez es perito de peritos".