Reglas de OSHA para el uso de Barandas *Los aberturas en los pisos deben ser protegidos con barandas y rodapies. Las barandas deben ser instaladas en todos los lados, excepto en las vias de entrada a escaleras. *Cada piso o plataforma que tenga un lado abierto, y a una altura de mas de 6 pies del piso adyacente, debe ser protegido por barandas. * Las aberturas en el piso que sean temporales, también deberán estar proveidas de barandas protectoras. * Los huecos u hoyos en los pisos y en los cuales las personas puedan caer o tropezar accidentalmente , deberán ser protegidos, ya sea por barandas o cubiertos con tapas.
REGLAS ESPECIFICAS: 1. Un sistema de barandas está compuesto por una baranda superior, una intermedia, rodapies y postes. 2. La altura vertical de la baranda superior será aproximadamente de 42 pulgadas, medidas desde el nivel suelo. 3. La baranda intermedia se colocará en el intermedio entre la baranda superior y el suelo . 4. La distancia vertical entre los postes no deberá exceder de 8 pies. 5. Medidas requeridas para el usos de maderos en la contrucción de barandas : *postes verticales, 2 x 4 pulgadas * baranda superior, 2 x 4 pulgadas * baranda intermedia, 1 x 6 pulgadas 6. Medidas requeridas para el usos de angulares de acero: * 2 x 2 x 3/8 pulgadas para todos sus componentes 7. Medidas requeridas para el uso de tuberías: * 1 1/2 pulgadas de diametro para todos sus componentes
8. Los puntos de apoyo de los postes y los componentes estructurales de las barandas de cualquiera de los tipos antes mencionado, deberá ser capaz de resistir una fuerza o presión de al menos 200 libras, aplicadas en cualquier punto o lugar de la baranda superior hacia cualquier dirección, provocando un mínimo de desviación.
3.5. ESCALERAS VERTICALES O DE GATO. Las escaleras verticales o de gato deberán reunir las siguientes características: 3.5.1. Se construirán con materiales incombustibles. 3.5.2. Tendrán un ancho no menor de 0,45 m. y se distanciarán no menos de 0,15 m. de la pared. 3.5.3. La distancia entre el frente de los escalones y las paredes más próximas al lado de ascenso, será por lo menos de 0,75 m. y habrá un espacio libre de 0,40 m. a ambos lados del eje de la escalera. 3.5.4. Deberán ofrecer suficientes condiciones de seguridad y deberán poseer tramos no mayores de 21 escalones con descanso en los extremos de cada uno de ellos. Todo el recorrido de estas escaleras, así como también sus descansos, deberán poseer apoyo continuo de espalda a partir de los 2,25 m. de altura respecto al solado. 3.5.5. La distancia entre escalones no deberá ser mayor a 0,35m.