1)
¿El trabajo es un derecho y una obligación social, que tipo de condiciones establece y a que refiere esta frase desde una perspectiva de fórmula de justicia social? El derecho al trabajo es el derecho fundamental humano por el que toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección del mismo, a condiciones equitativas y
satisfactorias
de
trabajo,
a
la
protección
contra
el
desempleo,
sin
discriminación, con igualdad salarial, remuneración digna, protección social y derecho de sindicación. Es pues una obligación social para toda persona en edad y en condiciones de trabajar, hacerlo para aportar al desarrollo de esa sociedad a la que pertenece. Sin el trabajo de sus individuos no es posible que una sociedad sobreviva, o que lo haga en condiciones aceptables, por tanto, el estado considera el trabajo como una obligación social, esto en reconocimiento a la necesidad que cada uno de los de la sociedad, contribuya tanto a la sociedad como al mismo estado. Igualmente, la ley considera que es una obligación del estado y un derecho de todo ciudadano el acceder al trabajo. Así como la ley ha reconocido la obligación de todo ciudadano de trabajar, ha reconocido que el mismo estado debe garantizar su cumplimiento, viéndolo no como un deber del ciudadano, sino como un derecho de este. Las condiciones que establece el trabajo son en el ámbito moral el cual dice que el hombre debe tener un trabajo digno y respetado por la sociedad, en este ámbito también se da a conocer que el trabajo debe estar supervisado por el estado para garantizar los derechos a los trabajadores. Desde la perspectiva de la justicia social se refiere a que el trabajo y sus derechos han ido cambiando para bien de los trabajadores ya que han dejado de ser tercerizados y explotados laboralmente siendo así que ahora se respetan sus derechos y obligaciones dándoles un mejor modo de vida. 2)
¿En qué concepto se encuentra actualmente la actividad laboral, que tipo de valores están intrínsecamente ligados y que exigencias están relacionadas al trabajo? El Estado, ha permitido que se marquen hitos laborales importantes en estos seis años. Las cifras del empleo y del trabajo reflejan hoy un Ecuador distinto al que había antes de 2007. Ahora hay más trabajo: la tasa de desempleo se ubica en 4,3%, la más baja de América Latina. Los salarios están creciendo y reflejan dignidad, pues contrariamente a lo que pasaba antes, ahora cubren el 100% de la canasta familiar básica. Y las condiciones precarias de trabajo desaparecieron: la
tercerización
fue
eliminada.
Los
valores
que
se
encuentran
más
intrínsecamente ligados al trabajo son la soberanía y dignidad. El esfuerzo individual y colectivo de las trabajadoras y los trabajadores los ha convertido en uno de los ejes imprescindibles en toda sociedad. Por ello, el Gobierno ha puesto
énfasis en garantizar el trabajo estable, justo y digno, en su diversidad de formas. 3)
Explique los derechos y obligaciones, ¿cómo es su vínculo contractual? y el enfoque desde el punto de vista de la bilateralidad, explique en este contexto, la participación del Estado en esta relación. Las obligaciones del empleador son las siguientes: 1. 2. 3. 4.
Celebrar un contrato de trabajo Inscribir el contrato de trabajo en el Ministerio de Relaciones Laborales. Afiliar a tu trabajador a la Seguridad Social (IESS), a partir del primer día
5. 6. 7. 8. 9.
de trabajo, inclusive si es a prueba. Sueldo básico que debes pagar es de 264.00 usd. Asumir el porcentaje que corresponde al empleador por la seguridad social Pagar horas extras y suplementarias Pagar los décimos tercero y cuarto A partir del segundo año de trabajo pagar los Fondos de Reserva.
Derechos del trabajador 1. Afiliación a la Seguridad Social 2. A percibir el sueldo básico 3. A percibir horas extras y suplementarias, en el caso que trabajes estas horas 4. A percibir los décimos tercero y cuarto en las fechas establecidas 5. A percibir los Fondos de Reserva a partir del segundo año de trabajo Desde el punto de vista el trabajo es un hecho social que puede reglamentarse jurídicamente. El derecho de trabajo puede reglamentarse dependiendo si se aplican o no las normas del derecho del trabajo, el trabajo consiste en que el hombre emplea todas sus energías para poder beneficiar a otro y mediante el cual este pueda recibir una remuneración. El estado procesa las estrategias del derecho y de justicia para garantizar que el trabajo sea remunerado y tenga una asociación natural, el estado garantiza que el trabajo sea el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas, la comunidad, la comuna y la sociedad y hacer realidad el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad". 4)
¿Cuáles son los roles del empresario y del empleado y analice las prerrogativas del empleador? Los roles del empresario son contribuir a la transformación de la sociedad, intervenir para asegurar esa calidad institucional que permanentemente se le denuncia al resto de la sociedad
El empleado tiene un rol importante ya que son la mano de obra y, por tanto, cambiante, sustituible e impersonalizada, son los que hacen producir a una empresa o negocio. Las prerrogativas del empleador es que el tienen la facultad de imponer las sanciones disciplinarias, el poder de dirección por encontrarse el trabajador bajo la subordinación jurídica del patrono, este tiene la facultad de impartir órdenes e instrucciones para que la fuerza de trabajo cumpla los propósitos de la empresa. 5)
Explique los diferentes orígenes del contrato y el porqué de su dinámico sentido y si existen limitaciones y como las categoriza. Tienen orígenes diferentes pueden ser por mandato legislativo de acuerdo con las partes y por voluntad unilateral de uno de los sujetos intervienes en la relación laboral. Se originan así por que la ley modifica el contrato y lo mantiene vigente este puede alterarse y destruirse. Su sentido dinámico es que el contrato se prolonga en el tiempo y en el cual puede surgir modificaciones. Las limitaciones del contrato de trabajo y su condición de tracto sucesivo que se prolonga en el tiempo, hace que surjan modificaciones de dicho contrato. Pueden existir transformaciones por mandato legislativo, por acuerdo entre las partes y por voluntad unilateral de uno de los sujetos intervinientes en la relación laboral.
6)
Se categorizan mediante el tiempo de trabajo y el tipo de contrato. ¿Porque puede existir una idea de una contradicción jurídica al respecto del concepto del “jus variandi”, es una alteración del contrato? Desarrolle estas ideas. El jus variandi tiene modificaciones unilaterales en el contrato, conceptos, clases, fundamentos
político-económico
y
jurídicos.
El
jus
variandi
como
lo
comprenderemos es la capacidad de modificar, suprimir o mudar el trabajo de sus subordinados en la empresa unilateralmente (tras la anuencia del empleado), es una privación del empleador, lo más que podría hacer un empleado es ser un agente de cambio. El contrato a lo largo de toda su relación sufre de muchísimas modificaciones (todo dentro de ciertos límites), lo que deja una cierta contradicción jurídica ya que el jus variandi se entiende unilateralmente pero el contrato es bilateral, por lo que ciertas modificaciones se excluyen. Pueden variar muchos aspectos en la relación laboral como el horario, las tareas, el lugar de prestación y la remuneración pero uno de los factores más importantes que influyen en el jus variandi para su aceptación es la necesidad de la empresa o empleador de esa modificación y no causar un grave perjuicio al empleado. También se refiere al caso de prestar los auxilios necesarios en caso de una emergencia, siniestro o peligro. En estos casos no se podría considerar poner en peligro de una autentica variante de contrato ya que solo es transitorio y se apega a la colaboración mencionada en el código de trabajo.
Introduciéndonos a los fundamentos que presenta el jus variandi, el jurídico se entiende en el momento en que el empleado pasa a su calidad de dependiente por la remuneración que se da a cambio.se pone a la disposición de otro. 7)
Explique los factores limitativos del “Jus Variandis” de Monzón y Barassi Según Monzón son dos los factores limitativos del jus variandi el patrón puede vez a vez determinar la prestación pero se lo debe hacen en forma honesta y prudente observando escrupulosamente las pautas legales y convencionales. Según el otro de Monzón es la buena fe contractual esta impide que se introduzcan modificaciones por partes que no se han previsto a celebrar el contrato. Esta ‘buena fe’ es la segunda limitación. Según Barassi los limites provienen de la ley o los convenios colectivos y de la categoría se entienden con un sentido general y en uno especial estos están dados por el objeto de categoría en cuanto que la relación jerárquica únicamente puede referirse al trabajo. Según Barassi el límite excesivo de la categoría se refiere a la naturaleza especializada de las condiciones de trabajo del trabajador, solo se debe obediencia con relación a esta forma particular de su actividad mientras sea profesional que fue tomada o considerada contractualmente.