Universidad Juárez Autónoma de Tabasco “Estudio en la duda. Acción en la fe”
División Académica de Educación y Artes
Licenciatura en Ciencias de la Educación
Derecho a la libre determinación de los pueblos: Política, Educación y Economía
Jesús Fernando Sahagún Rodríguez
Mtro. Pablo Arena Casango Derechos humanos
30 de junio de 2014 Villahermosa, Tabasco
El derecho de libre determinación de los pueblos o derecho de autodeterminación es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural, y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de igualdad. La libre determinación está recogida en algunos de los documentos internacionales más importantes, como la Carta de las Naciones Unidas o los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, aunque no en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. POLÍTICA Es el conjunto de acciones llevadas a cabo por los ciudadanos que no están necesariamente involucrados en la política de forma directa, y cuya acción pretende influir en el proceso político y en el resultado del mismo. Para comprender la idea de participación política, primero se ha de plantear el concepto de política, que para este caso, se podría describir como el mecanismo social de resolución de conflictos entre colectivos con intereses diferentes, donde un mayor grado de complejidad social acarrearía un número mayor de intereses distintos. Partiendo de esta explicación, el político sería el individuo encargado de llevar a cabo acuerdos entre intereses confrontados con el fin de encontrar una solución común a todos ellos, o en su defecto, buscar una forma de que éstos no perjudiquen al orden y al sistema político. EDUCACIÓN Cada mujer, hombre, joven y niño o niña tienen el derecho a la educación, capacitación e información; así como a otros derechos humanos fundamentales para la realización plena de su derecho a la educación. El derecho de todas las personas a la educación se encuentra establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pactos Internacionales, la Convención de los Derechos del Niño y otros tratados y declaraciones internacionales; todas éstas forman parte de herramientas poderosas que deben ser puestas en marcha para el goce del derecho a la educación para todos.
El derecho humano a la educación confiere a cada mujer, hombre, joven o niño el derecho a una educación básica libre y obligatoria así como todas las formas disponibles de educación secundaria y superior. El derecho de protección para la no-discriminación de todas las áreas y niveles de educación como a un igual de educación continua y capacitación vocacional. El derecho a la información sobre salud, nutrición, reproducción y planificación familiar. El derecho a la educación está ligado a otros derechos humanos fundamentales- derechos que son universales, indivisibles, interconectados, y interdependientes, éstos incluyen: El derecho a la igualdad entre hombre y mujer y a la participación igualitaria en la familia y sociedad El derecho a trabajar y recibir salarios que contribuyan a un estándar de vida adecuado. El derecho a libertad de pensamiento, conciencia y religión. El derecho a un estándar de vida adecuado El derecho a participar en la toma de decisiones y políticas que afectan a cada una de sus comunidades a un nivel local, nacional e internacional. ECONOMÍA Es el conjunto de principios y de normas de diversas jerarquías, sustancialmente de Derecho público, que inscritas en un orden público económico plasmado en la carta fundamental, facultan al Estado para planear indicativa o imperativamente el desarrollo económico y social de un país y regular la cooperación humana en las actividades de creación, distribución, cambio y consumo de la riqueza generada por el sistema económico. El juez, en el Estado social de derecho también es un portador de la visión institucional del interés general. El juez, al poner en relación la Constitución (sus principios y sus normas) con la ley y con los hechos hace uso de una discrecionalidad interpretativa que necesariamente delimita el sentido político de
los textos constitucionales. En este sentido la legislación y la decisión judicial son ambas procesos de creación de derecho. Páginas web consultadas: http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autodeterminaci%C3%B3n consultado el día 30 de junio de 2014 http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_econ%C3%B3mico, consultado el día 30 de junio de 2014 http://es.wikipedia.org/wiki/Participaci%C3%B3n_pol%C3%ADtica, consultado el día 30 de junio de 2014.