¿Cuáles son los datos reales y formales de la norma? La norma jurídica tiene un doble tipo de estructura: una formal y otra real. • Datos formales de la norma jurídica En el campo de la lógica nos encontramos el formalismo, por esto hablamos de datos formales. Los datos formales de la norma jurídica son imprescindibles para su existencia. Al analizar la norma jurídica nos percatamos que existe en ella en destino que conlleva a un destinatario: el hombre
Datos Reales De La Norma Jurídica Son los factores y elementos que determinan el contenido de las normas jurídicas . En otras palabras son, aquellos factores políticos, sociales, y económicos que contribuyen a la formación del derecho y que deben ser tomados en cuenta por los legisladores para crear normas jurídicas. ¿Qué entiende usted por supuesto de hecho y consecuencia jurídica de una norma?
Se entiende por supuesto de hecho como la hipótesis de conducta que si se produce provocará la consecuencia y esta consecuencia jurídica que tiene por causal la subsunción de una conducta humana en el supuesto de hecho normativo.
¿Qué es ley física, moral y lógica?
Es la determinación o inclinación estable a obrar de un modo constante y uniforme, que proviene de una necesidad intrínseca de la naturaleza del ser. Ley Física:
La ley física tiene lugar en los seres carentes de libertad, y su ejecución, acto 2º, se realiza sin libertad, en virtud del determinismo físico de la naturaleza. Ley Moral: Es la determinación o inclinación estable a obrar, que proviene de una necesidad intencional o imperativo categórico. La ley moral tiene lugar en los seres libres, y su ejecución se realiza con libertad física y en virtud del imperativo categórico que no quita en nada la libertad física. Ley Lógica: Son proposiciones universales, necesarias, evidentes y verdaderas. Dichas leyes son cuatro, el principio de identidad, el de contradicción, el de tercero excluido y el de
razón suficiente. Las tres primeras leyes fueron descubiertas por Aristóteles y la cuarta por Leibniz.
¿Cómo explica usted la doble estructura de la norma jurídica?
¿Qué se entiende por supuesto de hecho, consecuencia jurídica y sanción? Un supuesto de hecho es una premisa que, en el caso de que se cumpla, lleva a una o más consecuencias jurídicas. Toda ley, tanto en el sentido científico, como en el jurídico, parte de un supuesto de hecho. La consecuencia jurídica es el acto resultante de aquellas situaciones jurídicas reconocidas por las normas, las cuales sobrevienen en virtud de la realización de los distintos supuestos contemplados en ella (supuesto de hecho). Así, una consecuencia jurídica es el resultado de la norma; el hecho que la norma contemple. El ejemplo más visible son en las normas con punibilidad penal: Art. 138 español, "El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años". Si el supuesto de hecho es "matar a otro", la legítima consecuencia de este acto es la pena privativa de libertad establecida de diez a quince años.